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Consejos para cambio de nombre y/o apellidos - imagen del pasaporte español

Cambio de nombre y/o apellidos

Cambio de nombre y/o apellidos: ¿Cómo lo hago?

Si desear realizar un cambio de nombre y/o de apellidos podemos hacerlo con un simple trámite en el Registro Civil. Otra opción es cambiar el orden de los apellidos o la modificación ortográfica de los mismos. Sea como fuere, son trámites sencillos que podemos hacer sin ningún tipo de problema.

Quién puede solicitar el Cambio de nombre y/o apellidos y cómo hacerlo

Para solicitar cambiar el nombre y/o apellido ante el Registro Civil, es necesario ser mayor de edad. En caso de no ser así, lo podría solicitar la persona que actúe como representante legal del menor. Si la persona que desea cambiar el nombre está incapacitada, lo podrá hacer también un representante legal.

Los cambios de nombre y apellidos se pueden solicitar en las oficinas del Registro Civil del domicilio actual. Una vez hecha, ésta se remite al RC donde se guarda la inscripción de nacimiento de la persona interesada. Otra opción, es presentarlo directamente ante el RC donde está el certificado de nacimiento.

También has de saber que lo puedes solicitar de forma presencial y por correo. En ambos casos se exigirá la misma documentación, la única diferencia es la forma de presentarlo. Pero veamos qué se necesita para cambiar nombre y apellidos, y cómo solicitarlo.

Cómo cambiar de nombre

Para cambiar de nombre de forma presencial vas a necesitar una serie de documentos, que tendrás que presentar ante el RC. En primer lugar, deberás rellenar la solicitud, y presentarla junto con el certificado de nacimiento. A estos documentos tendrás que acompañar un escrito que justifique el uso habitual de nuevo nombre, o el motivo por el que deseas hacer el cambio.

En algunos casos, se te pedirá que aportes la partida de bautismo, así como la concurrencia de testigos que acrediten el uso de tu nuevo nombre. Si quieres cambiar tu nombre actual por el equivalente en otra lengua, tendrás que aportar también un certificado de la Real Academia de la Lengua.

Estos documentos no son complicados de rellenar, no obstante, puedes contratar a un abogado para hacer los trámites. Los abogados especializados en derecho de familia, filiación y sucesiones, tienen amplia experiencia en este tipo de tramitaciones.

Ahora bien, no se permitirán los nombres que infrinjan las normas establecidas. En este sentido, no podrás solicitar más de dos nombres simples, los cuales, deberán ir unidos por un guion. Tampoco se permiten nombres que induzcan a error con respecto al género, ni tampoco escoger el mismo nombre de un hermano o hermana vivos.

Cómo cambiar de apellidos

Si lo que quieres cambiar son los apellidos, tendrás que presentar una solicitud, donde expresarás el motivo. También deberás acompañar dicha solicitud con tu correspondiente certificado de nacimiento.

Un punto muy importante aquí es la aportación de los certificados de nacimiento de los padres. Pues es la manera de acreditar de forma legítima el uso del nuevo apellido. Si no pudieras aportar estos certificados, valdría con la partida de bautismo. Si de lo que se trata es de traducir los apellidos a otras lenguas oficiales, se te pedirá el certificado de la Real Academia correspondiente.

Por otra parte, si de lo que se trata es de cambiar el orden de los apellidos, en este caso, empezamos también con la solicitud ante el RC. También debes presentar la certificación de matrimonio de tus progenitores, en su defecto, necesitarás sus certificados de nacimiento.

Para los mayores de edad que hagan esta petición, deberán aportar su certificado de nacimiento. Los menores, necesitarán el consentimiento por escrito de los padres, por medio de un documento firmado.

Para hacer la solicitud por correo para cambiar nombre o apellido, necesitas la documentación anteriormente descrita, según sea el caso. Una vez y tengas la documentación, la puedes enviar por correo certificado al RC de tu domicilio.

Cómo modificar ortográficamente los apellidos

En ocasiones, a la hora de hacer la inscripción en el Registro Civil, se cometen fallos. Para corregir ortográfica o gramaticalmente estos errores, se puede solicitar dicha corrección al Juez del RC, mediante la correspondiente solicitud.

Para ello, tendrás que dirigirte a las oficinas del Registro Civil de tu domicilio, o donde figure tu acta de nacimiento. Para el caso de menores o personas incapacitadas, lo podrá hacer su representante legal.

Todo lo anterior rige para las personas con nacionalidad española, ahora bien, ¿qué ocurre con los extranjeros que adquieren la nacionalidad?, vamos a verlo a continuación:

Cambio de nombre habiendo adquirido la nacionalidad española

Todas aquellas personas que hayan adquirido la nacionalidad española y deseen cambiar el nombre y/o los apellidos, también tienen que dirigirse al RC. La documentación y procedimiento a seguir es el mismo, pero con algunas diferencias.

Para solicitar el cambio de nombre, se ha de aportar la inscripción de nacimiento extranjera, si no se tiene la española. En caso de tener ambas inscripciones, éstas deben coincidir. Esto quiere decir que no puede aparecer un nombre diferente en cada inscripción. Por ello, si el nombre que aparece en la inscripción extranjera figura en un sistema distinto de escritura, se ha de adaptar. Se procurará, ante todo, la adaptación fonética y gráfica, así como una adaptación ortográfica si fuera posible.

Las personas nacionalizadas como españolas pueden cambiar el nombre, por las mismas causas que los españoles de nacimiento. Además, pueden hacerlo cuando quieran traducir su nombre extranjero, o deseen adaptarlo gráfica o fonéticamente a la lengua española. También pueden solicitarlo, cuando haya habido una rectificación en la mención del género.

Por último y a modo de resumen, para poder cambiar el nombre y/o los apellidos, ha de ser por una causa justificada. Además, dicho cambio no ha de producir un perjuicio a una tercera persona.

Por su parte, las personas mayores de edad y menores transgénero, podrán cambiar su nombre alegando justa causa. Al presentar la solicitud deberán alegar que se sienten del género correspondiente al nombre elegido. Todas aquellas personas que no cumplan con los requisitos exigidos en la Ley 3/2007, podrán cambiar el nombre con dicha declaración en la solicitud.

Para más información u orientación sobre los trámites para el cambio de nombre y/o apellidos, puedes consultarnos. Somos especialistas en derecho de familia, sucesiones y filiación.

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