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Herencias: respuesta a las dudas más frecuentes

Respuestas a las principales dudas sobre herencias

A la hora de recibir una herencia, surgen tantas dudas que a veces es casi imposible enumerarlas todas. En este artículo, hemos decidido recuperar la respuestas a las dudas más frecuentes que se hacen los usuarios que están en proceso de recibir una herencia. Te sorprenderá saber la cantidad de personas que se preguntan lo mismo que tú una y otra vez. Si quieres ampliar tus conocimientos en este tema, te invitamos a que sigas leyendo:

 

Principales dudas sobre herencias

¿Cuánto cuesta hacer un testamento?

Esta es una de las primeras preguntas que surgen en torno al tema de las herencias. Hacer un testamento no es precisamente caro. Cuesta en torno a 40 euros que la persona realice un testamento ante notario. Este es el precio medio de un testamento sencillo, pero puede encarecer el precio si es más complejo.

Los únicos pasos a seguir son ir a la oficina y expresarle su voluntad al notario. Éste se encargará de dejarlo por escrito para efectos legales.

Existen casos en los que el testamento no se ejecuta y no por el precio, sino porque la muerte ocurre de repente. También hay personas que esperan muchos años para hacer el testamento. No hay una edad para hacerlo, pero no es algo que deba dejarse para el final de la vida.

 

¿Se puede hacer un testamento sin ir al notario?

Las personas mayores de 18 años que no estén incapacitadas podrán redactar su propio testamento a mano. Se conoce como testamento ológrafo.  Aunque esto no quita que no haga falta que vaya con la fecha, firma y escrito por el testador.

En el caso de hacerlo de esta manera, se podrá guardar en casa (o en cualquier lugar seguro) o bien, dárselo a un tercero. Y en el caso de que ocurra algo, éste tercero tendrá que entregar el documento para se conozca la voluntad del fallecido. Tiene la misma validez que el que se realiza ante un notario, pero puede sufrir más impugnaciones.

 

¿Se puede cambiar el testamento una vez hecho?

Por supuesto. Podrás cambiarlo tantas veces como quieras y solo tendrá validez el último. No es nada extraño ni fuera de lo habitual porque siempre ocurren cosas en la vida de uno que le lleva a cambiar de opinión acerca de lo que pensaba tiempo atrás: una separación, problemas con familiares, etc.

 

En caso de no hacer testamento… ¿quién hereda?

  • Los descendientes. Los primeros en heredar son los hijos a partes iguales, así como nietos, bisnietos…
  • Si no hay descendientes, los ascendientes. En este caso heredarán los padres (en el caso de que uno siga con vida). Si ambos han fallecido, pasarán a los abuelos, bisabuelos, etc.
  • El cónyuge. Sin testamento solo recibe la herencia si no hay descendientes o ascendientes.
  • Hermanos. Se repartirán entre los hermanos a partes iguales. Si alguno de ellos hubiese fallecido, lo recibirán los hijos.
  • Primos. En caso de que no existan hermanos, pasarán a los primos.
  • Estado. En el caso de no tener ningún familiar que cumpla con cualquiera de los rangos mencionados, será el Estado quien herede los bienes.

 

¿Cómo sé que la persona que ha fallecido ha dejado un testamento?

En muchos casos, ni los familiares cercanos saben si el fallecido ha dejado un testamento ante notario con sus últimas voluntades. Pero para saberlo con certeza, se puede pedir el Certificado de Actos de Última Voluntad en las oficinas de atención al ciudadano o incluso por Internet. Aunque eso sí, será necesario que pasen al menos 15 días desde el fallecimiento.

Este Certificado de Actos de Última Voluntad es meramente de carácter informativo. Solo indica si hay testamento y en qué notaría se ha depositado. Para conocer su contenido tendrás que ir al notario.

 

¿Qué es el usufructo?

El usufructo es común escucharlo en los casos en los que una persona está disfrutando de un bien sin ser propietario. Suele darse cuando una persona queda viuda. No lo podrá vender, pero sí quedarse con los rendimientos que produzca (ejemplo: un alquiler).

 

¿Se puede beneficiar a uno de los hijos por encima de otros? ¿O a una persona que no sea de la familia?

La herencia está dividida en 3 partes. La legítima (para los herederos forzosos), el tercio de mejora y de libre disposición. Es el tercio de mejora la que se puede emplear para dejarle a un hijo, nieto (o descendiente) una tercera parte de la herencia. La de libre disposición se puede usar sin restricciones para quien se quiera, sea o no sea de la familia incluso.

 

¿Se puede desheredar a un hijo?

Sí es posible desheredar a un hijo, pero es lo suficientemente complicado para que pocas personas lo lleven a cabo. Se deben dar otras circunstancias (como un delito). Pero si el descendiente que es desheredado tiene hijos, son éstos quienes recibirán la herencia. Es decir, los nietos.

 

¿Se pueden heredar sólo los bienes y no las deudas?

Existen 2 formas de aceptar una herencia: de forma pura y simple, y a beneficio de inventario. Si se acepta de forma simple, el heredero tendrá que saldar las deudas con su patrimonio. La última permite que se paguen las deudas y que los herederos reciben lo demás.

 

¿Es posible rechazar una herencia?

Por supuesto. Cualquier persona es libre de rechazar o renunciar a una herencia siempre y cuando así lo considere. Aunque tendrá que hacerlo de forma explícita, por medio de un escrito o ante un juez. En el caso de rechazar la herencia se hará de manera plena: no se podrá rechazar una parte y quedarse con la otra, ni se podrá volverse atrás. Una vez se rechaza no hay vuelta de hoja.

Pero ojo, porque podría darse el caso de que la persona que rechaza la herencia tiene acreedores. Estos podrían pedir al juez la autorización para aceptar la herencia en el nombre del heredero.

Estas son algunas de las dudas más generales que surgen cuando hablamos de las herencias. ¡Esperamos desde Roces Castaño haberte ayudado una vez más a resolverlas!

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